NORMAS PROFESIONALES APLICABLES AL EJERCICIO DE LA PROFESIÓN

La actividad profesional desarrollada en esta consulta se realiza de acuerdo con la normativa sanitaria y profesional aplicable al ejercicio de la Psicología General Sanitaria, así como con las normas éticas y deontológicas correspondientes al ejercicio de la profesión. En la prestación de servicios de psicología mediante tecnologías de la información y la comunicación se tienen asimismo en consideración las directrices profesionales aplicables a la Telepsicología, atendiendo a las particularidades de esta modalidad de prestación de servicios.

Directrices para la práctica de la Telepsicología
El Consejo General de la Psicología de España dispone de la Guía para la práctica de la Telepsicología, elaborada para orientar a los profesionales de la Psicología en la prestación de servicios mediante tecnologías de la información y la comunicación.Estas directrices abordan, entre otros, los siguientes aspectos:Competencia profesional: el profesional debe disponer de la formación, conocimientos y competencias necesarias tanto para la práctica psicológica como para el uso de las tecnologías empleadas.Consentimiento informado: las personas atendidas deben recibir información adecuada sobre las características y particularidades de la atención mediante medios tecnológicos y prestar su consentimiento informado.Confidencialidad y privacidad: deben adoptarse las medidas necesarias para proteger la confidencialidad de la información y comunicar a la persona atendida los posibles riesgos específicos asociados al uso de tecnologías de comunicación.Seguridad de la información: deben establecerse medidas apropiadas para proteger los datos y la documentación profesional frente a accesos no autorizados, pérdida o divulgación.Idoneidad de la atención online: debe valorarse si la utilización de medios tecnológicos resulta adecuada para las características, necesidades y circunstancias de cada persona y situación.Calidad de la atención: la prestación mediante medios tecnológicos debe mantener unos estándares profesionales adecuados y responder a los mismos principios éticos y deontológicos que la práctica presencial.Identificación y localización: deben establecerse mecanismos adecuados para conocer la identidad y ubicación del profesional y de la persona atendida, especialmente cuando estos aspectos sean relevantes para la prestación del servicio.Documentación profesional: la información y documentación derivada de la intervención debe gestionarse y conservarse de forma segura y confidencial.Límites de la atención mediante tecnologías: deben contemplarse las situaciones en las que la atención mediante medios tecnológicos no resulte adecuada y, cuando sea necesario, facilitar la orientación hacia otros recursos o profesionales.Estas directrices se aplican teniendo en cuenta la normativa vigente y las circunstancias particulares de cada intervención, sin perjuicio de las obligaciones profesionales, éticas, deontológicas y legales que resulten aplicables.

Documento de referencia
Consejo General de la Psicología de España. Guía para la práctica de la Telepsicología (2017).La guía forma parte de la documentación profesional elaborada por el Consejo General de la Psicología de España para orientar el uso de las tecnologías en el ejercicio profesional de la Psicología.Consultar la Guía para la práctica de la Telepsicología https://www.cop.es/pdf/telepsicologia2017.pdf
También puede consultarse la Guía Básica para el uso de las Tecnologías para Profesionales de la Psicología, disponible en el sitio web del Consejo General de la Psicología de España:Consultar la Guía Básica para el uso de las Tecnologías para Profesionales de la Psicología https://www.cop.es/GuiaNNT/Guia.html 

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